La Junta Directiva es el órgano rector y de gobierno de la Asociación Autismo Sevilla y ostentará las más amplias facultades, atribuciones y poderes para dirigir, administrar y representar, judicial y extrajudicialmente a la misma, todo ello de acuerdo con las directrices y disposiciones emanadas de la Asamblea General.
La Junta Directiva está formada por 8 personas y compuesta por los siguientes cargos: Presidencia, Vicepresidencia, Tesorería, Secretaría y 4 vocalías. Los cargos de Junta Directiva tienen una duración de 4 años y se renueva el 50 % de los miembros cada 2 años.
Ningún miembro de la Junta Directiva obtiene ninguna remuneración económica por pertenecer a la Junta Directiva.
La Junta Directiva mantiene una Comisión Permanente como órgano ejecutivo especial, con las funciones que aquélla le delegue expresamente. Esta Comisión está constituida por la Presidenta, que la preside, y dos miembros más elegidos por consenso.
La Junta Directiva tiene la potestad de crear comisiones de trabajo en la que participen diferentes personas socias de la entidad liderados por al menos una persona miembro de Junta Directiva.
Pincha sobre las fotos para conocer a cada integrante.
La Junta Directiva se regula por los Estatutos de Autismo Sevilla, donde se reflejan sus atribuciones, así como por un Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Asociación.
Alineado con el Código de Ética, la Junta Directiva actualiza con carácter periódico los Principios de Buen Gobierno y un documento de conflictos de intereses, que se mejora y actualizan en base a la evaluación de la herramienta de Buen Gobierno de la Plataforma de ONG de Acción Social. Nuestro Código de Ética se inspira en el documento de Recomendaciones Éticas del Tercer Sector de Acción Social y en el Código de Conducta de la Coordinadora de ONG.
Las políticas de la organización se concretan en diferentes documentos que se actualizan periódicamente: Política de Alianzas, Política Económica Financiera y Política de personas.
Las siguientes normas son las que se aplican en nuestro sector y guían nuestra actividad y nuestro gobierno:
Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social. Resolución de 22 de junio de 2015, Dirección General de Empleo. Ley de Asociaciones Ley Orgánica 12002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Ley de Contratos del Sector Público (Ley 92017, de 8 de noviembre). Ley del Tercer Sector de Acción Social (Ley 432015, de 9 de octubre). Ley del Voluntariado (Ley 452015, de 14 de octubre). Ley General de Subvenciones (Ley 382003, de 17 de noviembre). Tablas salariales del Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social. Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública. Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos. Orden INT/1089/2014, de 11 de junio, por la que se aprueba el modelo de memoria de actividades a utilizar en los procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública. Orden INT/395/2020, de 8 de mayo, por la que se amplía el plazo de rendición de cuentas de las asociaciones de utilidad pública de ámbito estatal debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19. Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía. Decreto 152/2002, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía. Decreto 68/1986 de 9 de abril, sobre constitución y funcionamiento de Asociaciones Juveniles en Andalucía. Ley 4/2018, de 8 de mayo, Andaluza del Voluntariado. Resolución de 27 de junio de 2019 por el que se regula el XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.